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martes, 25 de octubre de 2016

Jurídico de Sindicatura niega atención a ciudadanos

  • Manuel de la Fuente Ponce ni siquiera fue encontrado en la oficina para atender su trabajo
  • En Contraloría el personal no quiso recibir la queja
  • La oportuna intervención de Sindica y Subcontralor dieron cauce a la queja ciudadana
Un anciano de 83 años, requirió de la ayuda y acompañamiento de la abogada del pueblo, para que su queja fuera atendida, toda vez que personal de Contraloría se negó a recibir su queja en contra del jurídico, una queja derivada de la omisión del jurídico quien además de no atender la solicitud y contestar a la autoridad ministerial en términos incorrectos,  nunca fue encontrado en sus oficinas por la abogada quejosa.

Luego de 4 visitas, los días 14, 17, 19 y 20 de octubre, en las que la representante legal de Pedro N. no encontró a los encargados del jurídico de la sindicatura, para dar continuidad a su trámite, decidió buscar a la maestra Martha Huerta Hernández, Síndico Municipal, para que ella acompañara el trámite de queja, misma que fue atendida por el Sub-Contralor Maestro José Cuautle García.

Se trata de un oficio dirigido al c. presidente municipal de San Martín Texmelucan, José Rafael Núñez Ramírez, para que gire instrucciones para la realización del trámite para determinar alineamiento y número oficial correspondiente al predio y la remisión del avaluó catastral, no obstante, el abogado Manuel de la Fuente Ponce, encargado de los asuntos civiles y penales, adscrito a la sindicatura municipal ha omitido dar trámite a dicha solicitud ciudadana.

Entrevistada por Valkiria, Martha Huerta Hernández, en su calidad de Sindica Municipal, lamentó la ineficiencia del personal adscrito a la sindicatura y  que esas acciones afecten la imagen del gobierno municipal y más cuando esas omisiones van en detrimento de la imagen del propio presidente municipal.

Finalmente, la queja quedó asentada en la contraloría en el expediente número 20/2016 por lo que ahora se espera la investigación y veredicto de la contraloría para saber si finalmente se dio o no se cumplimiento a dicho trámite, luego de un término preestablecido de 10 días para la aportación de pruebas. 

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